La Subrogacion

SUBROGACION

DEFINICION.

La Subrogación se define como uno acuerdo donde una mujer accede a quedar embarazada y tener un hijo para otro/a futuro padre/madre.

La subrogación es un proceso complejo que implica médicos, psicólogos, y profesionales jurídicos para asegurar que el procedimiento sea acertado tanto para los futuros padres como para la madre subrogada.

Hay dos tipos de subrogación: subrogación tradicional y subrogación gestacional (o subrogación FIV.)

Subrogación Tradicional, es cuando la madre subrogada está biológicamente implicada y será donante de óvulos además de madre subrogada. Esto es realizado por medio natural (cópula sexual) o por Inseminación Intrauterina (IUI). La subrogación tradicional, implica cuestiones emocionales, éticas y legales complejas, por lo tanto este método se utiliza raramente hoy en día.

Subrogación Gestacional o Subrogacion FIV, es el metodo preferido porque la portadora de la gestación no tiene lazos genéticos con el bebé. Por lo tanto, hay potencialmente menos riesgos emocionales, psicológicos y legales comparados con la subrogacion tradicional.

La Subrogacion FIV implica crear embriones por medio de Fecundación In Vitro (FIV) con los gametos (óvulos y espermatozoides) de la pareja o de donante transferidos a una portadora gestacional PG (Subrogación Gestacional). Dependiendo del lugar donde se realiza la subrogación, los futuros padres pueden poner sus nombres en el acta de nacimiento de su bebé sin tener que adoptarlo.

Por ejemplo: En California, los futuros padres ponen su nombre en el acta de nacimiento del niño aproximadamente a los 6 meses de embarazo de forma que, al nacer, los futuros padres ya son los padres legales y toman todas las decisiones médicas para el bebé legalmente (una gran ventaja en las leyes de California).

INDICACIONES MEDICAS PARA LA SUBROGACION GESTACIONAL / FIV.

Hay varias condiciones médicas en las que una mujer puede tener que utilizar subrogación FIV para tener su propio niño biológico. Algunos ejemplos de condiciones médicas incluyen: Enfermedad severa de corazón, los pulmones, o el Riñón, Lupus sistémico, historia de cáncer de pecho, fibrosis quística o diabetes severa. Todas ellas, enfermedades en las que la sobrecarga de un embarazo puede poner en serio riesgo la salud materna.

Otras causas médicas pueden incluir los casos en que una mujer no tiene útero, bien porque nace sin él, como en el síndrome de Mayer-Rokitansky-Kuster-Hauser (MRKH), o bien porque se les ha extirpado por diferentes causas médicas como miomas, endometriosis o cáncer. En otros casos el útero de una mujer puede ser no funcional por una infección previa o por una cirugía anterior que puede dejar tejido cicatricial dentro de la cavidad del útero, lo cual se conoce como Síndrome de Asherman.

OTRAS INDICACIONES PARA LA SUBROGACION GESTACIONAL/ FIV.

Otras razones por las que una mujer puede requerir que una madre subrogada geste a su niño es haber sufrido una complicación obstétrica previa tal como hipertensión severa, diabetes severa o complicaciones del parto dando como resultado una histerectomía o la pérdida recurrente del embarazo secundaria a problemas anatómicos que no son quirúrgicamente reparables).

Algunos pacientes han experimentado fallos repetidos de FIV por mala receptividad endometrial y por lo tanto requieren una subrogación Gestacional. Pero no en todos los casos de fallos repetidos de tratamientos de reproducción asistida está indicada la subrogación ya que, aunque no haya prueba específica para el fallo de implantación, la mayoría de las causas de FIV fallido son secundarias a la mala calidad de óvulos y embriones y no por causas uterinas. En estos casos lo indicado es la donación de ovocitos. En ocasiones, estos pacientes no pueden concebir después de FIV con donación de ovocitos pero aun así, la subrogación no está indicada en estos casos. Otra indicación para subrogación FIV son parejas del mismo sexo. Las parejas del mismo sexo masculino pueden hacer realidad sus sueños de convertirse en padres mediante un tratamiento de subrogación Gestacional FIV con donante de óvulos.

El procedimiento más seguro es subrogación gestacional o subrogación FIV cuando la portadora gestacional no se relaciona genéticamente con el bebé puesto a que ella no dona el óvulo. Por lo tanto como se mencionaba anteriormente, hay menos riesgos emocionales, psicológicos y legales comparados con la subrogación tradicional.

EXAMENES MEDICOS NECESARIOS PARA LA ACEPTACIÓN DE UNA PG EN LA SUBROGACION FIV / GESTACIONAL: ANTECEDENTES OBSTÉTRICOS Y MÉDICOS

“Cómo examinamos a nuestras portadoras gestacionales” Idealmente, una PG potencial es alguien que disfruta estando embarazada y quiere ayudar a otra pareja para tener a su niño. Una candidata ideal es alguien que está en la edad ideal para el embarazo, es decir, entre 25 y 37 años de edad.

Se requiere que haya dado a luz por lo menos a un bebé anteriormente sin ninguna complicacion. Ninguna PG debe tener una historia de más de tres cesáreas o de más de dos emparazos gemelares. Esto es debido al alto riesgo de problemas placentarios, riesgos de sangrado después de dar a luz, y de una posible histerectomia. No debe tener ningún historial de complicaciones médicas durante el embarazo tales como Hipertensión, Diabetes o incompetencia del cérvix uterino.

También, se requiere buena salud general incluyendo citología vaginal normal, ausencia de enfermedades sexuales transmisibles, no haber llevado un DIU en los seis meses anteriores, buena salud médica y dental, y ausencia de medicaciones crónicas.

Antecedentes quirúrgicos: ausencia de cirugías uterinas complicadas.
No fumar ni consumir alcohol o drogas (comprobándolo en orina).
Tener las vacunas actualizadas.

EVALUACION CLÍNICA
El feto en desarrollo debe tener un ambiente sano. En CACRM, requerimos que el examen físico de la PG sea totalmente normal. La PG no debe ser obesa y debe mostrar signos vitales normales, incluyendo la presión arterial normal. Realizamos una ecografia del útero y de los ovarios, que deben ser normales, así como su útero con una histeroscopia hecha en la clínica que se realiza con un pequeño telescopio llamado histeroscopio, con el que se visualiza en directamente el interior de la cavidad uterina donde los embriones serán colocados.

También se requiere una evaluación de laboratorio, que incluye lo siguiente: Determinaciones prenatales en sangre de hemoglobina (mediante una batería de análisis en sangre llamado CSC), función tiroidea, batería de posibles infecciones, determinación de CMV (citomegalovirus), toxoplasmosis (si convive con gatos), evidencia de inmunizaciones incluyendo el sarampión y la varicela, grupo sanguíneo y factor Rh (si es Rh negativo, deberá documentar que se le ha administrado Rhogam).

Tanto la PG como su esposo, deben ser examinados para confirmar la ausencia de cualquier enfermedad infecciosa. A ambos también se les requiere un examen de ausencia de drogas, nicotina y alcohol en orina.

EVALUACIÓN PSICOSOCIAL: Asesoramiento a la PG y a los futuros padres.
El asesoramiento de la PG se realiza con la intención de proporcionarle una información clara que asegure la correcta comprensión de las cuestiones psicológicas relacionadas con el embarazo. Con la ayuda de un profesional de salud mental, se avalúa a la PG sobre cualquier enfermedad de la salud mental y para descartar cualquier psicopatología subyacente. La evaluación también incluye un estudio de personalidad y la evaluación de sus motivaciones para convertirse en PG.

También se evalua la capacidad de confianza de la PG y su empatía, respeto y relación con los futuros padres. Uno de los aspectos más importantes es que la PG esté psicológicamente estable y tenga un buen sistema de apoyo, y si está casada que tenga estabilidad en su matrimonio.

Animamos a los futuros padres, junto con la PG y su pareja, a reunirse juntos con el consejero. Es importante que discutan expectativas que tienen con respecto a un potencial embarazo. Esta conversación debe incluir el número de embriones para la transferencia, así como la posibilidad de gestación múltiple, reducción fetal, pruebas de diagnóstico prenatal, aborto terapéutico, y también el manejo de la relación durante el embarazo, respetando el derecho de privacidad de la PG.

Se requiere Aprobación Psicologica de la PG antes de que los contratos legales o el tratamiento médico puedan comenzar

FUTURO(S) PADRE(S)/EVALUACION DE LA DONANTE DE ÓVULOS:
La evaluación de la pareja receptora o de los futuros padres para una Subrogacion Gestacional/FIV es similar a la de las parejas que se someten a una FIV rutinaria. El médico debe realizar un historial médico completi de ambos miembros de la pareja.

Uno de los puntos clave para el procedimiento de subrogación /FIV es eligir quién proporcionará los gametos (óvulos y espermatozoides), la propia pareja de pacientes o un donante. Seguidamente se decidirá cuándo la futura madre proporcionara los óvulos. Si utilizan a una donante de óvulos además de la madre Subrogada Gestacional/FIV (MSG), por favor lea la sección de evaluacion de donante de Ovocitos.

Si una mujer se somete a una SG/FIV por razones médicas, su médico remisor debe dar la aprobacion médica basada en su condición particular. La pacente no debe tener ninguna contraindicación para someterse a un ciclo de FIV, es decir debe ser apta para la estimulación ovárica con exposición a altos niveles del estrógeno y para someterse a un procedimiento quirúrgico para la obtención de ovocitos mediante la aspiración transvaginal de los folículos bajo anestesia.

La futura madre (cuando se van a utilizar sus propios ovocitos) necesita tener por lo menos un ovario para poder obtener ovocitos para la fecundación por FIV. Si carece de ambos ovarios o nos son funcionales, necesitará una donante de óvulos dispuesta a ayudarle.

Si se requiere donante de ovocitos, ésta deberá tener 35 años de edad como máximo para que la posibilidad de embarazo de la subrogada sea mayor. Las posibilidades de que la subrogada consiga embarazarse son extremadamente bajas si la proveedora de los óvulos tiene más de 43 años.

La futura madre, si se utilizan sus propios ovocitos, debe proporcionar un historial clínico completo y una ecografia pélvica. La ecografia se realiza para evaluar la normalidad de los ovarios y el recuento de folículos antrales (RFA). El RFA, proporciona el número de folículos precursores, que puedan potencialmente convertirse en folículos aptos, que contengan ovocitos maduros.

Toda Donante de ovocitos, tanto anónima como conocida, deberá ser examinada según las pautas más recientes recomendadas por la Sociedad Americana para la Medicina Reproductiva.

Las donantes deben tener la mayoría de edad legal de su estado y preferiblemente deben estar entre las edades de 21 y 34. El estudio razonado para el límite de edad inferior, es asegurarse de que la donante sea bastante madura para comprender el alcance del consentimiento informado que deberá firmar. El motivo para el límite superior de edad en menos de 34 es que las mujeres jovenes suelen responder mejor a la inducción de la ovulación, normalmente producen más óvulos y embriones de alta calidad y tienen mayor tasa de implantación y de embarazo evolutivo. Si la donante está sobre la edad de 34, los receptores deben ser informados del riesgo citogenético de tener un niño con una alteración cromosómica, como el Síndrome de Down y del impacto de la edad de la donante en tasas de embarazo.

Tanto las donantes anónimas como las conocidas deben completar un cuestionario médico extenso que detalle su historial médico personal y familiar. Este cuestionario debe incluir el historial sexual detallado, informe del posible abuso de sustancias tóxicas e historial psicológico.

En los Estados Unidos, la Food and Drug Administration (FDA) o Administración de Alimentos y Medicamentos, requiere que se examine a todas las donantes de ovocitos para la detección de posibles factores de riesgo y evidencia de la ausencia de infecciones y de enfermedades transmisibles.

Una donante no es aceptable si los exámenes o pruebas indican la presencia de un factor de riesgo o evidencia clínica de una infección o enfermedad transmisible.

Para las donantes anónimas, el cuestionario debe determinar la motivación de la donante para donar sus óvulos y aportar su estilo de vida y personalidad, sus peculiaridades, formación académica y sus metas en la vida. Este documento será compartido en última instancia con la receptora y esto le aportará información necesaria sobre la donante a la que nunca va a conocer personalmente. Un profesional médico repasará este historial con la donante y realizará una exploración física completa.

En cuanto a la evaluación psicológica, la donante generalmente realiza una prueba psicométrica escrita antes de citarse con un profesional de salud mental (PSM). Además de repasar la prueba psicométrica, el PSM tiene la oportunidad de evaluar más detalladamente a la donante, discutir las complejas cuestiones éticas y psicosociales que ella puede tener y confirmar que la donante puede verdaderamente proporcionar el consentimiento informado para la donación de ovocitos.

Todas las pruebas de enfermedades infecciosas, se deben realizar y valorar su negatividad en el plazo de 30 días antes de la donación de óvulos. Las donantes también deben documentar su grupo sanguíneo y factor Rh así como un recuento completo de células sanguíneas.

Se realizan análisis de sangre para evaluar la reserva ovárica, (cómo están de jóvenes los ovarios o cómo debe ser el tratamiento hormonal de estimulación de los ovarios). Una de las pruebas es el HAM (Hormona Anti-Mulleriana); ésta es la prueba más específica para predecir la respuesta a la estimulación ovárica y se puede realizar en cualquier momento del ciclo menstrual de una mujer. Las otras dos pruebas: FSH y niveles de Estradiol, se realizan el día dos, tres o cuatro del ciclo menstrual. Otras pruebas hormonales pueden incluir la medición de la función tiroidea y los niveles de prolactina. Las donantes pueden ser sometidas a pruebas de detección de dogas, nicotina y alcohol en orina.

El examen genético de las donantes tiene como base la pertenencia étnica por la mayor frecuencia de ciertas alteraciones en una u otra raza. Así, en las donantes caucásicas debe analizarse la posible presencia de una mutación de la Fibrosis Quistica (FQ). Las donantes con descendencia Asiática, Africana y Mediterránea deben someterse a una electroforesis de la hemoglobina descartar signos de Talasemia o de anemia falciforme. Si la donante es de origen Judío Ashkenazi, estrán indicados los analisis de la mutación de FQ, examenes para la enfermedad de Tay-Sachs, enfermedad de Canavan y enfermedad de Gaucher. Donantes que son descendientes de Canadienses y Franceses deben ser examinadaas para la FQ así como la enfermedad de Tay-Sachs. Las pruebas genéticas adicionales tales como X frágil y cariotipo de la donante no se requieren pero se pueden ofrecer de forma individual como parte de su procedimiento estándar o a requerimiento de la pareja de receptores.

POR FAVOR TENGA EN CUENTA QUÉ: Cada una de estas pruebas se cobrará a parte a los futuros padres y pueden llegar a ser muy costosas. Asegurese de pedir directamente los precios adicionales de cualquiera de estas pruebas.

Si se requiere donante de semen, además de todas las pruebas mencionadas para las donantes de óvulos, se hará al donante un análisis de semen para determinar la cantidad y la calidad del semen y de los espermatozoides que contiene.

SUBROGACIÓN FIV: REGULACIÓN DE LA FDA: Los criterios de selección de donantes establecidos por la FDA, son requeridos para ambos, donante de ovocitos y donante de esperma. Si los padres genéticos proporcionan sus propios gametos, entonces se consideran a ambos miembros de la pareja como donantes, porque los embriones producidos con los ovocitos de la mujer y los espermatozoides del varón, serán transferidos a una MSG. Si la pareja utiliza solo donante de ovocitos o solo donante de esperma, al otro mimbro de la pareja que aporta sus propios gametos le será requerido realizarse las pruebas de donante. Las regulaciones de la FDA establecen la realización de las pruebas de detección de infecciones, pero no solo es importante el tipo de pruebas sino la sincronización de éstas con el tratamiento: La donante o la paciente que proporciona los ovoitos, deberá realizarse los análisis de sangre en el plazo de 30 días previos a la obtención de ovocitos y el que proporciona el semen, en el plazo de los 7 días previos. Se exigirá a ambos miembros tener el historial médico requerido por la FDA y una exploración física.

En resumen, los requisitos para que los embriones de una pareja puedan trasferirse a una MSG son:
• Cuestionario de la FDA
• Exploración física exigida por la FDA
• Analíticas exigidas po la FDA, realizadas y evaluadas dentro de los 30 dias previos a la obtención de ovocitos para donante de ovocitos (o paciente que aporta sus ovocitos) y dentro de los 7 dias previos para el varóan (donante o paciente) que aporta la muestra de semen.
• HIV I y II
• HTLV I y II
• Hepatitis C
• Hepatitis B (base y antígeno de superficie)
• Sífilis
• Chlamydia trachomatis y Neisseria gonorrhoeae (orina)
• Base Anticuerpos anti CMV (donante de esperma solamente)

SUBROGACION FIV: ASPECTO MEDICO, PSICOLOGICO Y LEGAL.

En resumen hay tres pasos que deben darse antes de comenzar el tratamiento de Subrogacion FIV:
1. SUBROGACION

DEFINICION.
La Subrogación se define como uno acuerdo donde una mujer accede a quedar embarazada y tener un hijo para otro/a futuro padre/madre.
La subrogación es un proceso complejo que implica médicos, psicólogos, y profesionales jurídicos para asegurar que el procedimiento sea acertado tanto para los futuros padres como para la madre subrogada.
Hay dos tipos de subrogación: subrogación tradicional y subrogación gestacional (o subrogación FIV.)

Subrogación Tradicional, es cuando la madre subrogada está biológicamente implicada y será donante de óvulos además de madre subrogada. Esto es realizado por medio natural (cópula sexual) o por Inseminación Intrauterina (IUI). La subrogación tradicional, implica cuestiones emocionales, éticas y legales complejas, por lo tanto este método se utiliza raramente hoy en día.

Subrogación Gestacional o Subrogacion FIV, es el metodo preferido porque la portadora de la gestación no tiene lazos genéticos con el bebé. Por lo tanto, hay potencialmente menos riesgos emocionales, psicológicos y legales comparados con la subrogacion tradicional.
La Subrogacion FIV implica crear embriones por medio de Fecundación In Vitro (FIV) con los gametos (óvulos y espermatozoides) de la pareja o de donante transferidos a una portadora gestacional PG (Subrogación Gestacional). Dependiendo del lugar donde se realiza la subrogación, los futuros padres pueden poner sus nombres en el acta de nacimiento de su bebé sin tener que adoptarlo.

Por ejemplo: En California, los futuros padres ponen su nombre en el acta de nacimiento del niño aproximadamente a los 6 meses de embarazo de forma que, al nacer, los futuros padres ya son los padres legales y toman todas las decisiones médicas para el bebé legalmente (una gran ventaja en las leyes de California).

INDICACIONES MEDICAS PARA LA SUBROGACION GESTACIONAL / FIV.
Hay varias condiciones médicas en las que una mujer puede tener que utilizar subrogación FIV para tener su propio niño biológico. Algunos ejemplos de condiciones médicas incluyen: Enfermedad severa de corazón, los pulmones, o el Riñón, Lupus sistémico, historia de cáncer de pecho, fibrosis quística o diabetes severa. Todas ellas, enfermedades en las que la sobrecarga de un embarazo puede poner en serio riesgo la salud materna.

Otras causas médicas pueden incluir los casos en que una mujer no tiene útero, bien porque nace sin él, como en el síndrome de Mayer-Rokitansky-Kuster-Hauser (MRKH), o bien porque se les ha extirpado por diferentes causas médicas como miomas, endometriosis o cáncer. En otros casos el útero de una mujer puede ser no funcional por una infección previa o por una cirugía anterior que puede dejar tejido cicatricial dentro de la cavidad del útero, lo cual se conoce como Síndrome de Asherman.

OTRAS INDICACIONES PARA LA SUBROGACION GESTACIONAL/ FIV.
Otras razones por las que una mujer puede requerir que una madre subrogada geste a su niño es haber sufrido una complicación obstétrica previa tal como hipertensión severa, diabetes severa o complicaciones del parto dando como resultado una histerectomía o la pérdida recurrente del embarazo secundaria a problemas anatómicos que no son quirúrgicamente reparables).

Algunos pacientes han experimentado fallos repetidos de FIV por mala receptividad endometrial y por lo tanto requieren una subrogación Gestacional. Pero no en todos los casos de fallos repetidos de tratamientos de reproducción asistida está indicada la subrogación ya que, aunque no haya prueba específica para el fallo de implantación, la mayoría de las causas de FIV fallido son secundarias a la mala calidad de óvulos y embriones y no por causas uterinas. En estos casos lo indicado es la donación de ovocitos. En ocasiones, estos pacientes no pueden concebir después de FIV con donación de ovocitos pero aun así, la subrogación no está indicada en estos casos. Otra indicación para subrogación FIV son parejas del mismo sexo. Las parejas del mismo sexo masculino pueden hacer realidad sus sueños de convertirse en padres mediante un tratamiento de subrogación Gestacional FIV con donante de óvulos.

El procedimiento más seguro es subrogación gestacional o subrogación FIV cuando la portadora gestacional no se relaciona genéticamente con el bebé puesto a que ella no dona el óvulo. Por lo tanto como se mencionaba anteriormente, hay menos riesgos emocionales, psicológicos y legales comparados con la subrogación tradicional.

EXAMENES MEDICOS NECESARIOS PARA LA ACEPTACIÓN DE UNA PG EN LA SUBROGACION FIV / GESTACIONAL:
- ANTECEDENTES OBSTÉTRICOS Y MÉDICOS
¿Cómo examinamos a nuestras portadoras gestacionales? Idealmente, una PG potencial es alguien que disfruta estando embarazada y quiere ayudar a otra pareja para tener a su niño. Una candidata ideal es alguien que está en la edad ideal para el embarazo, es decir, entre 25 y 37 años de edad.

Se requiere que haya dado a luz por lo menos a un bebé anteriormente sin ninguna complicacion. Ninguna PG debe tener una historia de más de tres cesáreas o de más de dos emparazos gemelares. Esto es debido al alto riesgo de problemas placentarios, riesgos de sangrado después de dar a luz, y de una posible histerectomia. No debe tener ningún historial de complicaciones médicas durante el embarazo tales como Hipertensión, Diabetes o incompetencia del cérvix uterino.

También, se requiere buena salud general incluyendo citología vaginal normal, ausencia de enfermedades sexuales transmisibles, no haber llevado un DIU en los seis meses anteriores, buena salud médica y dental, y ausencia de medicaciones crónicas.
Antecedentes quirúrgicos: ausencia de cirugías uterinas complicadas.
No fumar ni consumir alcohol o drogas (comprobándolo en orina).
Tener las vacunas actualizadas.

- EVALUACION CLÍNICA
El feto en desarrollo debe tener un ambiente sano. En CACRM, requerimos que el examen físico de la PG sea totalmente normal. La PG no debe ser obesa y debe mostrar signos vitales normales, incluyendo la presión arterial normal. Realizamos una ecografia del útero y de los ovarios, que deben ser normales, así como su útero con una histeroscopia hecha en la clínica que se realiza con un pequeño telescopio llamado histeroscopio, con el que se visualiza en directamente el interior de la cavidad uterina donde los embriones serán colocados.

También se requiere una evaluación de laboratorio, que incluye lo siguiente: Determinaciones prenatales en sangre de hemoglobina (mediante una batería de análisis en sangre llamado CSC), función tiroidea, batería de posibles infecciones, determinación de CMV (citomegalovirus), toxoplasmosis (si convive con gatos), evidencia de inmunizaciones incluyendo el sarampión y la varicela, grupo sanguíneo y factor Rh (si es Rh negativo, deberá documentar que se le ha administrado Rhogam).

Tanto la PG como su esposo, deben ser examinados para confirmar la ausencia de cualquier enfermedad infecciosa. A ambos también se les requiere un examen de ausencia de drogas, nicotina y alcohol en orina.

- EVALUACIÓN PSICOSOCIAL: Asesoramiento a la PG y a los futuros padres.
El asesoramiento de la PG se realiza con la intención de proporcionarle una información clara que asegure la correcta comprensión de las cuestiones psicológicas relacionadas con el embarazo. Con la ayuda de un profesional de salud mental, se avalúa a la PG sobre cualquier enfermedad de la salud mental y para descartar cualquier psicopatología subyacente. La evaluación también incluye un estudio de personalidad y la evaluación de sus motivaciones para convertirse en PG.

También se evalua la capacidad de confianza de la PG y su empatía, respeto y relación con los futuros padres. Uno de los aspectos más importantes es que la PG esté psicológicamente estable y tenga un buen sistema de apoyo, y si está casada que tenga estabilidad en su matrimonio.

Animamos a los futuros padres, junto con la PG y su pareja, a reunirse juntos con el consejero. Es importante que discutan expectativas que tienen con respecto a un potencial embarazo. Esta conversación debe incluir el número de embriones para la transferencia, así como la posibilidad de gestación múltiple, reducción fetal, pruebas de diagnóstico prenatal, aborto terapéutico, y también el manejo de la relación durante el embarazo, respetando el derecho de privacidad de la PG.

Se requiere Aprobación Psicologica de la PG antes de que los contratos legales o el tratamiento médico puedan comenzar

FUTURO(S) PADRE(S)/EVALUACION DE LA DONANTE DE ÓVULOS:
La evaluación de la pareja receptora o de los futuros padres para una Subrogacion Gestacional/FIV es similar a la de las parejas que se someten a una FIV rutinaria. El médico debe realizar un historial médico completi de ambos miembros de la pareja.
Uno de los puntos clave para el procedimiento de subrogación /FIV es eligir quién proporcionará los gametos (óvulos y espermatozoides), la propia pareja de pacientes o un donante. Seguidamente se decidirá cuándo la futura madre proporcionara los óvulos. Si utilizan a una donante de óvulos además de la madre Subrogada Gestacional/FIV (MSG), por favor lea la sección de evaluacion de donante de Ovocitos.

Si una mujer se somete a una SG/FIV por razones médicas, su médico remisor debe dar la aprobacion médica basada en su condición particular. La pacente no debe tener ninguna contraindicación para someterse a un ciclo de FIV, es decir debe ser apta para la estimulación ovárica con exposición a altos niveles del estrógeno y para someterse a un procedimiento quirúrgico para la obtención de ovocitos mediante la aspiración transvaginal de los folículos bajo anestesia.

La futura madre (cuando se van a utilizar sus propios ovocitos) necesita tener por lo menos un ovario para poder obtener ovocitos para la fecundación por FIV. Si carece de ambos ovarios o nos son funcionales, necesitará una donante de óvulos dispuesta a ayudarle.
Si se requiere donante de ovocitos, ésta deberá tener 35 años de edad como máximo para que la posibilidad de embarazo de la subrogada sea mayor. Las posibilidades de que la subrogada consiga embarazarse son extremadamente bajas si la proveedora de los óvulos tiene más de 43 años.

La futura madre, si se utilizan sus propios ovocitos, debe proporcionar un historial clínico completo y una ecografia pélvica. La ecografia se realiza para evaluar la normalidad de los ovarios y el recuento de folículos antrales (RFA). El RFA, proporciona el número de folículos precursores, que puedan potencialmente convertirse en folículos aptos, que contengan ovocitos maduros.

Toda Donante de ovocitos, tanto anónima como conocida, deberá ser examinada según las pautas más recientes recomendadas por la Sociedad Americana para la Medicina Reproductiva.

Las donantes deben tener la mayoría de edad legal de su estado y preferiblemente deben estar entre las edades de 21 y 34. El estudio razonado para el límite de edad inferior, es asegurarse de que la donante sea bastante madura para comprender el alcance del consentimiento informado que deberá firmar. El motivo para el límite superior de edad en menos de 34 es que las mujeres jovenes suelen responder mejor a la inducción de la ovulación, normalmente producen más óvulos y embriones de alta calidad y tienen mayor tasa de implantación y de embarazo evolutivo. Si la donante está sobre la edad de 34, los receptores deben ser informados del riesgo citogenético de tener un niño con una alteración cromosómica, como el Síndrome de Down y del impacto de la edad de la donante en tasas de embarazo.

Tanto las donantes anónimas como las conocidas deben completar un cuestionario médico extenso que detalle su historial médico personal y familiar. Este cuestionario debe incluir el historial sexual detallado, informe del posible abuso de sustancias tóxicas e historial psicológico.

En los Estados Unidos, la Food and Drug Administration (FDA) o Administración de Alimentos y Medicamentos, requiere que se examine a todas las donantes de ovocitos para la detección de posibles factores de riesgo y evidencia de la ausencia de infecciones y de enfermedades transmisibles.

Una donante no es aceptable si los exámenes o pruebas indican la presencia de un factor de riesgo o evidencia clínica de una infección o enfermedad transmisible.

Para las donantes anónimas, el cuestionario debe determinar la motivación de la donante para donar sus óvulos y aportar su estilo de vida y personalidad, sus peculiaridades, formación académica y sus metas en la vida. Este documento será compartido en última instancia con la receptora y esto le aportará información necesaria sobre la donante a la que nunca va a conocer personalmente. Un profesional médico repasará este historial con la donante y realizará una exploración física completa.

En cuanto a la evaluación psicológica, la donante generalmente realiza una prueba psicométrica escrita antes de citarse con un profesional de salud mental (PSM). Además de repasar la prueba psicométrica, el PSM tiene la oportunidad de evaluar más detalladamente a la donante, discutir las complejas cuestiones éticas y psicosociales que ella puede tener y confirmar que la donante puede verdaderamente proporcionar el consentimiento informado para la donación de ovocitos.

Todas las pruebas de enfermedades infecciosas, se deben realizar y valorar su negatividad en el plazo de 30 días antes de la donación de óvulos. Las donantes también deben documentar su grupo sanguíneo y factor Rh así como un recuento completo de células sanguíneas.

Se realizan análisis de sangre para evaluar la reserva ovárica, (cómo están de jóvenes los ovarios o cómo debe ser el tratamiento hormonal de estimulación de los ovarios). Una de las pruebas es el HAM (Hormona Anti-Mulleriana); ésta es la prueba más específica para predecir la respuesta a la estimulación ovárica y se puede realizar en cualquier momento del ciclo menstrual de una mujer. Las otras dos pruebas: FSH y niveles de Estradiol, se realizan el día dos, tres o cuatro del ciclo menstrual. Otras pruebas hormonales pueden incluir la medición de la función tiroidea y los niveles de prolactina. Las donantes pueden ser sometidas a pruebas de detección de dogas, nicotina y alcohol en orina.

El examen genético de las donantes tiene como base la pertenencia étnica por la mayor frecuencia de ciertas alteraciones en una u otra raza. Así, en las donantes caucásicas debe analizarse la posible presencia de una mutación de la Fibrosis Quistica (FQ). Las donantes con descendencia Asiática, Africana y Mediterránea deben someterse a una electroforesis de la hemoglobina descartar signos de Talasemia o de anemia falciforme. Si la donante es de origen Judío Ashkenazi, estrán indicados los analisis de la mutación de FQ, examenes para la enfermedad de Tay-Sachs, enfermedad de Canavan y enfermedad de Gaucher. Donantes que son descendientes de Canadienses y Franceses deben ser examinadaas para la FQ así como la enfermedad de Tay-Sachs. Las pruebas genéticas adicionales tales como X frágil y cariotipo de la donante no se requieren pero se pueden ofrecer de forma individual como parte de su procedimiento estándar o a requerimiento de la pareja de receptores.

POR FAVOR TENGA EN CUENTA QUÉ: Cada una de estas pruebas se cobrará a parte a los futuros padres y pueden llegar a ser muy costosas. Asegurese de pedir directamente los precios adicionales de cualquiera de estas pruebas.

Si se requiere donante de semen, además de todas las pruebas mencionadas para las donantes de óvulos, se hará al donante un análisis de semen para determinar la cantidad y la calidad del semen y de los espermatozoides que contiene.

SUBROGACIÓN FIV: REGULACIÓN DE LA FDA: Los criterios de selección de donantes establecidos por la FDA, son requeridos para ambos, donante de ovocitos y donante de esperma. Si los padres genéticos proporcionan sus propios gametos, entonces se consideran a ambos miembros de la pareja como donantes, porque los embriones producidos con los ovocitos de la mujer y los espermatozoides del varón, serán transferidos a una MSG. Si la pareja utiliza solo donante de ovocitos o solo donante de esperma, al otro mimbro de la pareja que aporta sus propios gametos le será requerido realizarse las pruebas de donante. Las regulaciones de la FDA establecen la realización de las pruebas de detección de infecciones, pero no solo es importante el tipo de pruebas sino la sincronización de éstas con el tratamiento: La donante o la paciente que proporciona los ovoitos, deberá realizarse los análisis de sangre en el plazo de 30 días previos a la obtención de ovocitos y el que proporciona el semen, en el plazo de los 7 días previos. Se exigirá a ambos miembros tener el historial médico requerido por la FDA y una exploración física.
En resumen, los requisitos para que los embriones de una pareja puedan trasferirse a una MSG son:
• Cuestionario de la FDA
• Exploración física exigida por la FDA
• Analíticas exigidas po la FDA, realizadas y evaluadas dentro de los 30 dias previos a la obtención de ovocitos para donante de ovocitos (o paciente que aporta sus ovocitos) y dentro de los 7 dias previos para el varóan (donante o paciente) que aporta la muestra de semen.
• HIV I y II
• HTLV I y II
• Hepatitis C
• Hepatitis B (base y antígeno de superficie)
• Sífilis
• Chlamydia trachomatis y Neisseria gonorrhoeae (orina)
• Base Anticuerpos anti CMV (donante de esperma solamente)

SUBROGACION FIV: ASPECTO MEDICO, PSICOLOGICO Y LEGAL.
En resumen hay tres pasos que deben darse antes de comenzar el tratamiento de Subrogacion FIV:
1. Evaluacion Medica: Ausencia de cualquier enfermedad infecciosa (pruabas establecidas por la FDA) y de anomalías severas. Una vez pasada la evaluación médica, el médico explicará los consentimientos informados del tratamiento de FIV y serán firmados por ambos miembros de la pareja, el médico y un testigo. Antes del comienzo del tratamiento se deberan repasar cuestiones relevantes contenidas en el Consentimiento informado, como el riesgo y las ventajas de los procedimientos de FIV/Subrogacion, que incluyen: el número de embriones a transferir (dependiente de la edad e historia clínica), riesgo de gestación múltiple y posibilidad de reducción embrionaria, intervenciones de diagnóstico prenatal y posibilidad de aborto terapéutico. También se debe tratar el consentimiento para congelar embriones y qué a hacer con los embriones si algo sucede a uno o a ambos padres.
2. Evaluación Psicológica: AUSENCIA de cualquier psicopatología o transtorno de la salud mental. Éste debe ser uno de los primeros pasos en el proceso.
3. Contratos Legales: Condiciones y Contingencias previas: El acuerdo sobre el comportamiento relativo a la salud y sobre las cuestiones financieras, así como los Contratos revisados y firmados por la pareja receptora y la madre subrogada y su pareja si fuera aplicable.
Una vez que lo anteriormente descrito sea completado, el proceso del tratamiento de FIV puede comenzar.

SUBROGACION/FIV: COORDINACIÓN DEL CICLO.
Portadora Gestacional: preparación del endometrio mediante:
Bloqueo con Agonistas
Inyecciones de valerianato de estradiol
Progesterona
Madre Genética o Donante de Ovocitos: Estimulación ovárica mediante
Protocolo con Antagonista
Estimulación con gonatotropinas
Maduración final e Inducción de la ovulación con hCG
Padre Genético o Donante de Esperma:
Proveer la muestra de semen Fresco vs. Congelado para inseminar los ovocitos mediante

FIV/ICSI
Los pasos para la estimulación controlada de los ovarios de la paciente (o de la donante de ovocitos) y para la obtención de ovocitos son en general, iguales que los que se realizan para cualquier persona que se somete a FIV (vea por favor la información relevante para los detalles).

Futuros Padres: La mujer de la pareja de futuros padres se someterá a un ciclo de la fecundación in vitro (ciclo de FIV) si usa sus propios ovocitos. Si usa a una donante de ovocitos, será la donante quien se someterá a un ciclo de FIV. Esto es un ciclo donde sus ovarios serán estimulados con altas dosis de las mismas hormonas que son secretadas por su cerebro cada mes (que estimula normalmente un ovario para producir un óvulo) para conseguir que ambos ovarios produzcan muchos óvulos, (generalmente 10-20). Estas hormonas (Hormona Foliculo Estimulante y Hormona leutizante) se administran mediante inyecciones subcutáneas (usando las finas directamente en el tejido graso por debajo de la piel). La estimulación se controlará en consulta mediante ecografía transvaginal con frecuencia para medir el tamaño de los folículos en desarrollo (las pequeñas cavidades de los ovarios, llenas de líquido, que contienen los ovocitos) hasta que alcancen un tamaño de 18 – 20 mm. Tambiés se le realizarán determinaciones de los niveles del estradiol en sangre. Una vez que el folículo dominante alcanza 18- 20mm de diámetro, se administrará una inyeccion para la inducción de la maduración final de los ovocitos por medio de hCG y en 36 horas exactamente, se extraerán sus ovocitos por un procedimiento llamado “aspiración transvaginal de ovocitos”.

Una vez obtenidos los ovocitos se trasladan al laboratorio. El esperma del miembro masculino de la pareja, congelado previamente, será descongelado y se inyectará un espermatozoide de morfología normal en cada ovocito maduro, mediante un procedimiento llamado ICSI (inyección intracitoplasmática de espermatozoides ). Normalmente el 75% de ovocitos maduros maduros de buena calidad fecundan correctamente, dando lugar a embriones. Los embriones entonces serán cultivados en el laboratorio y algunos de ellos (el nº dependerá de la calidad del embrión y de la edad de la futura madre) serán transferidos a la Portadora Gestacional (PG).

Portadora Gestacional: Mientras que la futura madre se somete al ciclo de FIV, la PG será tratada con estrógeno y progesterona, de forma secuencial, mediante inyecciones intramusculares, para preparar su revestimiento interior uterino para la implantación. Antes de que la PG comience la preparación, vendrá para asegurar un correcto endometrio basal y verificar que los ovarios no tienen ningun quiste. Si todo parece normal, ella comenzará el estrógeno. Aproximadamente dos semanas después, vendrá para otra ecografía transvaginal y análisis de sangre para verificar que el endometrio se está desarrollando adecuadamente- si es así, comenzará la progesterona cuando se lo indique el personal de enfermería.

Si se obtienen embriones viables, se transferirán al útero de la madre subrogada una vez que el revestimiento endometrial de su útero se haya preparado con estrógeno secuencialmente administrado y progesterona (similares a las hormonas producidas normalmente en esta secuencia por los ovarios en un ciclo menstrual natural. La transferencia de los embriones se realiza colocando dichos embriones en el extremo de un catéter fino y blando que se introduce directamente a través del cérvix (o cuello del útero) al que se accede colocando un espéculo (procedimiento similar a la obtención de muestra para una citología). Si la futura madre es quien ha proporcionado los ovocitos y es mayor de 35 años, es muy recomendable que los embriones se sometan a un diagnóstico genético preimplantaciónal (DGP).

El DGP es una técnica usada conjuntamente con la fecundación in vitro (FIV) para analizar posibles alteraciones genéticas de los embriones antes de su transferencia al útero. Se trata de pruebas específicas de laboratorio que se realizan en los embriones antes de su transferencia al útero de la mujer. Es el método más precoz de diagnóstico prenatal y es una tecnología muy avanzada para asegurar las esperanzas de una pareja de tener niños sanos.

El DGP hace posible que las parejas o los individuos que padecen o que son portadores de alteraciones hereditarias severas, minimicen el riesgo de transmitir la anomalía a su hijo/a. Una de las razones mas comunes para realizar un DGP es la edad avanzada de la madre genética, puesto que el riesgo de tener un niño con una alteración cromosómica, como el Sindrome de Down, aumenta proporcionalmente a la edad de la mujer. Las pruebas genéticas pre-implantacionales del embrión, pueden determinar si éste está afectado por una anomalía cromosómica concreta. Por lo tanto, el riesgo de concebir un bebé con una alteración cromosómica se reduce en más del 90% si se hace DGP en estos casos.
Para mas información sobre DGP, ver el Sitio Web de CACRM titulado, DGP. (www.cacrm/pgd )

SUBROGACION/FIV: CUESTIONES LEGALES.
Hay varias cuestiones legales que se refieren a la reproducción con participación de terceros. Las leyes referentes a este tema varían de un estado a otro en los Estados Unidos. Así, a todas las parejas se les aconseja consultar con un abogado que esté bien informado en el área de la ley reproductiva, dentro de su estado concreto. Este abogado debe estar autorizado legalmente para ejercer como abogado en el estado donde la subrogada dará a luz. Por ejemplo, si un abogado tiene una licencia en Florida, no puede ejercer en California. Por lo tanto, el abogado puede protegerle solamente en el estado donde tiene la licencia, que debe ser el mismo estado donde la subrogada dara a luz al bebé.
Usted debe estar seguro de discutir todos sus derechos legales con su abogado y es importante repasar todas sus preguntas. Por ejemplo, ¿qué sucedería si la subrogada cambia de parecer? ¿Su estado (o el país si es fuera de los Estados Unidos) protege el acuerdo contractual entre los futuros padres y la subrogada? ¿Qué estados dan la paternidad legal a los futuros padres ANTES del nacimiento del bebé?
Hay muy pocos estados que protegen a los futuros padres con una regulación prenatal a través del sistema judicial que permite inscribir al bebé a nombre de los futuros padres en la partida de nacimiento antes de nacer el bebé. Esto convierte a los futuros padres en los padres legales ya en el momento del nacimiento y no tienen que adoptar a su bebé. Estos estados también permiten la compensación a la portadora gestacional PG y por lo tanto tienen leyes que protegen los acuerdos contractuales entre los futuros padres y PG.
En los Estados Unidos, la PG debe vivir, ser residente legal y dar a luz en uno de los estados que permiten la subrogacion.

Los estados que permiten la Subrogación con compensación económica son; California, Florida, Illinois, Nevada, New Hampshire, Tejas (excepto en parejas homosexuales) y Virginia.

Estados que NO PERMITEN la Subrogación con compensación económica (siendo de hecho, ilegal) son; Arizona, Delaware, Indiana, Michigan, Nueva York, Dakota del Norte, y el distrito de Columbia (C.C. de Washington).

Si usted realiza la subrogación donde no es legal o no se permite la compensación económica a la PG, entonces no hay leyes que protejan los acuerdos contractuales entre los futuros padres y la PG.

Usted debe evitar que la PG viva, o planee dar a luz, en cualquier estado donde es ilegal la subrogación.

Junto con otros acuerdos de la subrogación, los contratos legales deben definir las obligaciones económicas y también deben incluir siempre los detalles del esquema de comportamiento previsto de la PG para asegurar un embarazo sano, así como las pruebas de diagnóstico prenatal requeridas, y otros acuerdos con respecto a la reducción embrionaria en caso de embarazo múltiple, o al aborto terapéutico en caso de anomalías fetales. Éstas son partes muy importantes de su contrato legal.

En caso de donantes conocidos de esperma o de ovocitos, se aconseja a ambos donantes, así como a los futuros padres, tener asesor legal separado y firmar un contrato legal que defina las obligaciones económicas y los derechos de los donantes con respecto a los gametos donados (es decir esperma, ovocitos o embriones).

Para todos los procedimientos médicos, es necesario un consentimiento firmado por ambas partes: Futuros Padres y PG. Estos consentimientos se deben explicar a fondo por el médico que realiza el tratamiento de FIV. Los riesgos y las ventajas (Consentimiento Informado) se deben entender bien por todas las partes antes de que se comience el proceso del tratamiento.

Procedimiento judicial pre-natal de la maternidad y/o de la paternidad. En California, una vez embarazada la PG, hay un procedimiento ante un juez, para la inscripción legal de la maternidad y/o de la paternidad. El proceso en California es simple y ello le hace ser el estado más popular para la subrogación. Aproximadamente entre las 16-18 semanas del embarazo, los futuros padres, mediante un abogado pueden hacer hacer el proceso de la inscripción familiar. El abogado elabora el documento judicial que se envía por correo electrónico a las partes para repasar y firmar.

El médico de FIV también deberá firmar y devolver una declaración de que la PG concibió por medio de FIV para los futuros padres.

El juicio declarará que los futuros padres son los únicos padres legales del niño que nacerá y que la PG y su marido no son los padres. También ordena al hospital a registrar los nombres de los futuros padres en el acta de nacimiento original. El abogado presenta todos los documentos firmados y fija una fecha en la corte y aparece en nombre de todas las partes implicadas. Normalmente se hace la declaración judicial y el juicio y se fija el juicio para la semana 25 del embarazo de modo que todo esté en orden ante la eventualidad de un probable nacimiento prematuro.

Es mejor tener el juicio hecho ANTES del nacimiento para que los futuros padres puedan tener autorizaciones legales para la asistencia médica del recién nacido. Esta es una razón muy importante por la que uno debe utilizar una PG que viva en California. Si por alguna razón este proceso de constitución familiar no se termina antes de nacimiento, los futuros padres pueden conseguir el juicio post-nacimiento – SIN EMBARGO debe hacerse muy rápidamente. La jurisprudencia en California es bastante clara con la Subrogacion Gestacional y el Tribunal Supremo de California ha mantenido los derechos de los futuros padres en California.

valuacion Medica: Ausencia de cualquier enfermedad infecciosa (pruabas establecidas por la FDA) y de anomalías severas. Una vez pasada la evaluación médica, el médico explicará los consentimientos informados del tratamiento de FIV y serán firmados por ambos miembros de la pareja, el médico y un testigo. Antes del comienzo del tratamiento se deberan repasar cuestiones relevantes contenidas en el Consentimiento informado, como el riesgo y las ventajas de los procedimientos de FIV/Subrogacion, que incluyen: el número de embriones a transferir (dependiente de la edad e historia clínica), riesgo de gestación múltiple y posibilidad de reducción embrionaria, intervenciones de diagnóstico prenatal y posibilidad de aborto terapéutico. También se debe tratar el consentimiento para congelar embriones y qué a hacer con los embriones si algo sucede a uno o a ambos padres.
2. Evaluación Psicológica: AUSENCIA de cualquier psicopatología o transtorno de la salud mental. Éste debe ser uno de los primeros pasos en el proceso.

3. Contratos Legales: Condiciones y Contingencias previas: El acuerdo sobre el comportamiento relativo a la salud y sobre las cuestiones financieras, así como los Contratos revisados y firmados por la pareja receptora y la madre subrogada y su pareja si fuera aplicable.

Una vez que lo anteriormente descrito sea completado, el proceso del tratamiento de FIV puede comenzar.

SUBROGACION/FIV: COORDINACIÓN DEL CICLO.
Portadora Gestacional: preparación del endometrio mediante:
Bloqueo con Agonistas
Inyecciones de valerianato de estradiol
Progesterona
Madre Genética o Donante de Ovocitos: Estimulación ovárica mediante
Protocolo con Antagonista
Estimulación con gonatotropinas
Maduración final e Inducción de la ovulación con hCG
Padre Genético o Donante de Esperma:
Proveer la muestra de semen Fresco vs. Congelado para inseminar los ovocitos mediante FIV/ICSI
Los pasos para la estimulación controlada de los ovarios de la paciente (o de la donante de ovocitos) y para la obtención de ovocitos son en general, iguales que los que se realizan para cualquier persona que se somete a FIV (vea por favor la información relevante para los detalles).

Futuros Padres: La mujer de la pareja de futuros padres se someterá a un ciclo de la fecundación in vitro (ciclo de FIV) si usa sus propios ovocitos. Si usa a una donante de ovocitos, será la donante quien se someterá a un ciclo de FIV. Esto es un ciclo donde sus ovarios serán estimulados con altas dosis de las mismas hormonas que son secretadas por su cerebro cada mes (que estimula normalmente un ovario para producir un óvulo) para conseguir que ambos ovarios produzcan muchos óvulos, (generalmente 10-20). Estas hormonas (Hormona Foliculo Estimulante y Hormona leutizante) se administran mediante inyecciones subcutáneas (usando las finas directamente en el tejido graso por debajo de la piel). La estimulación se controlará en consulta mediante ecografía transvaginal con frecuencia para medir el tamaño de los folículos en desarrollo (las pequeñas cavidades de los ovarios, llenas de líquido, que contienen los ovocitos) hasta que alcancen un tamaño de 18 – 20 mm. Tambiés se le realizarán determinaciones de los niveles del estradiol en sangre. Una vez que el folículo dominante alcanza 18- 20mm de diámetro, se administrará una inyeccion para la inducción de la maduración final de los ovocitos por medio de hCG y en 36 horas exactamente, se extraerán sus ovocitos por un procedimiento llamado “aspiración transvaginal de ovocitos”.

Una vez obtenidos los ovocitos se trasladan al laboratorio. El esperma del miembro masculino de la pareja, congelado previamente, será descongelado y se inyectará un espermatozoide de morfología normal en cada ovocito maduro, mediante un procedimiento llamado ICSI (inyección intracitoplasmática de espermatozoides ). Normalmente el 75% de ovocitos maduros maduros de buena calidad fecundan correctamente, dando lugar a embriones. Los embriones entonces serán cultivados en el laboratorio y algunos de ellos (el nº dependerá de la calidad del embrión y de la edad de la futura madre) serán transferidos a la Portadora Gestacional (PG).

Portadora Gestacional: Mientras que la futura madre se somete al ciclo de FIV, la PG será tratada con estrógeno y progesterona, de forma secuencial, mediante inyecciones intramusculares, para preparar su revestimiento interior uterino para la implantación. Antes de que la PG comience la preparación, vendrá para asegurar un correcto endometrio basal y verificar que los ovarios no tienen ningun quiste. Si todo parece normal, ella comenzará el estrógeno. Aproximadamente dos semanas después, vendrá para otra ecografía transvaginal y análisis de sangre para verificar que el endometrio se está desarrollando adecuadamente- si es así, comenzará la progesterona cuando se lo indique el personal de enfermería.

Si se obtienen embriones viables, se transferirán al útero de la madre subrogada una vez que el revestimiento endometrial de su útero se haya preparado con estrógeno secuencialmente administrado y progesterona (similares a las hormonas producidas normalmente en esta secuencia por los ovarios en un ciclo menstrual natural. La transferencia de los embriones se realiza colocando dichos embriones en el extremo de un catéter fino y blando que se introduce directamente a través del cérvix (o cuello del útero) al que se accede colocando un espéculo (procedimiento similar a la obtención de muestra para una citología). Si la futura madre es quien ha proporcionado los ovocitos y es mayor de 35 años, es muy recomendable que los embriones se sometan a un diagnóstico genético preimplantaciónal (DGP).

El DGP es una técnica usada conjuntamente con la fecundación in vitro (FIV) para analizar posibles alteraciones genéticas de los embriones antes de su transferencia al útero. Se trata de pruebas específicas de laboratorio que se realizan en los embriones antes de su transferencia al útero de la mujer. Es el método más precoz de diagnóstico prenatal y es una tecnología muy avanzada para asegurar las esperanzas de una pareja de tener niños sanos.

El DGP hace posible que las parejas o los individuos que padecen o que son portadores de alteraciones hereditarias severas, minimicen el riesgo de transmitir la anomalía a su hijo/a. Una de las razones mas comunes para realizar un DGP es la edad avanzada de la madre genética, puesto que el riesgo de tener un niño con una alteración cromosómica, como el Sindrome de Down, aumenta proporcionalmente a la edad de la mujer. Las pruebas genéticas pre-implantacionales del embrión, pueden determinar si éste está afectado por una anomalía cromosómica concreta. Por lo tanto, el riesgo de concebir un bebé con una alteración cromosómica se reduce en más del 90% si se hace DGP en estos casos.
Para mas información sobre DGP, ver el Sitio Web de CACRM titulado, DGP. (www.cacrm/pgd )

SUBROGACION/FIV: CUESTIONES LEGALES.
Hay varias cuestiones legales que se refieren a la reproducción con participación de terceros. Las leyes referentes a este tema varían de un estado a otro en los Estados Unidos. Así, a todas las parejas se les aconseja consultar con un abogado que esté bien informado en el área de la ley reproductiva, dentro de su estado concreto. Este abogado debe estar autorizado legalmente para ejercer como abogado en el estado donde la subrogada dará a luz. Por ejemplo, si un abogado tiene una licencia en Florida, no puede ejercer en California. Por lo tanto, el abogado puede protegerle solamente en el estado donde tiene la licencia, que debe ser el mismo estado donde la subrogada dara a luz al bebé.
Usted debe estar seguro de discutir todos sus derechos legales con su abogado y es importante repasar todas sus preguntas. Por ejemplo, ¿qué sucedería si la subrogada cambia de parecer? ¿Su estado (o el país si es fuera de los Estados Unidos) protege el acuerdo contractual entre los futuros padres y la subrogada? ¿Qué estados dan la paternidad legal a los futuros padres ANTES del nacimiento del bebé?

Hay muy pocos estados que protegen a los futuros padres con una regulación prenatal a través del sistema judicial que permite inscribir al bebé a nombre de los futuros padres en la partida de nacimiento antes de nacer el bebé. Esto convierte a los futuros padres en los padres legales ya en el momento del nacimiento y no tienen que adoptar a su bebé. Estos estados también permiten la compensación a la portadora gestacional PG y por lo tanto tienen leyes que protegen los acuerdos contractuales entre los futuros padres y PG.
En los Estados Unidos, la PG debe vivir, ser residente legal y dar a luz en uno de los estados que permiten la subrogacion.

Los estados que permiten la Subrogación con compensación económica son; California, Florida, Illinois, Nevada, New Hampshire, Tejas (excepto en parejas homosexuales) y Virginia.

Estados que NO PERMITEN la Subrogación con compensación económica (siendo de hecho, ilegal) son; Arizona, Delaware, Indiana, Michigan, Nueva York, Dakota del Norte, y el distrito de Columbia (C.C. de Washington).

Si usted realiza la subrogación donde no es legal o no se permite la compensación económica a la PG, entonces no hay leyes que protejan los acuerdos contractuales entre los futuros padres y la PG.

Usted debe evitar que la PG viva, o planee dar a luz, en cualquier estado donde es ilegal la subrogación.

Junto con otros acuerdos de la subrogación, los contratos legales deben definir las obligaciones económicas y también deben incluir siempre los detalles del esquema de comportamiento previsto de la PG para asegurar un embarazo sano, así como las pruebas de diagnóstico prenatal requeridas, y otros acuerdos con respecto a la reducción embrionaria en caso de embarazo múltiple, o al aborto terapéutico en caso de anomalías fetales. Éstas son partes muy importantes de su contrato legal.

En caso de donantes conocidos de esperma o de ovocitos, se aconseja a ambos donantes, así como a los futuros padres, tener asesor legal separado y firmar un contrato legal que defina las obligaciones económicas y los derechos de los donantes con respecto a los gametos donados (es decir esperma, ovocitos o embriones).

Para todos los procedimientos médicos, es necesario un consentimiento firmado por ambas partes: Futuros Padres y PG. Estos consentimientos se deben explicar a fondo por el médico que realiza el tratamiento de FIV. Los riesgos y las ventajas (Consentimiento Informado) se deben entender bien por todas las partes antes de que se comience el proceso del tratamiento.

Procedimiento judicial pre-natal de la maternidad y/o de la paternidad. En California, una vez embarazada la PG, hay un procedimiento ante un juez, para la inscripción legal de la maternidad y/o de la paternidad. El proceso en California es simple y ello le hace ser el estado más popular para la subrogación. Aproximadamente entre las 16-18 semanas del embarazo, los futuros padres, mediante un abogado pueden hacer hacer el proceso de la inscripción familiar. El abogado elabora el documento judicial que se envía por correo electrónico a las partes para repasar y firmar.

El médico de FIV también deberá firmar y devolver una declaración de que la PG concibió por medio de FIV para los futuros padres.

El juicio declarará que los futuros padres son los únicos padres legales del niño que nacerá y que la PG y su marido no son los padres. También ordena al hospital a registrar los nombres de los futuros padres en el acta de nacimiento original. El abogado presenta todos los documentos firmados y fija una fecha en la corte y aparece en nombre de todas las partes implicadas. Normalmente se hace la declaración judicial y el juicio y se fija el juicio para la semana 25 del embarazo de modo que todo esté en orden ante la eventualidad de un probable nacimiento prematuro.

Es mejor tener el juicio hecho ANTES del nacimiento para que los futuros padres puedan tener autorizaciones legales para la asistencia médica del recién nacido. Esta es una razón muy importante por la que uno debe utilizar una PG que viva en California. Si por alguna razón este proceso de constitución familiar no se termina antes de nacimiento, los futuros padres pueden conseguir el juicio post-nacimiento – SIN EMBARGO debe hacerse muy rápidamente. La jurisprudencia en California es bastante clara con la Subrogacion Gestacional y el Tribunal Supremo de California ha mantenido los derechos de los futuros padres en California.

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